miércoles, 5 de febrero de 2014

Límites de cotización de la Seguridad Social 2014

Como todos los años, la Ley de Presupuestos Generales del Estado y otras normas complementarias se encargan de actualizar los límites de las bases de cotización de los regímenes a la Seguridad Social, el salario mínimo interprofesional y los tipos de interés legales y de demora vigentes para cada ejercicio. Para el año 2014, se ha congelado la base mínima de cotización del régimen general al igual que el SMI, se actualizan el resto de bases en un 1% y se aplica un incremento del 5% para las bases máximas de cotización a la Seguridad Social.
Las bases de cotización a la Seguridad Social, son los parámetros que se utilizan en las empresas para calcular las contribuciones a la Seguridad Social por parte de todos los trabajadores y que tenemos que tener siempre presentes, dado que los gastos de personal se ven directamente afectados tanto por la evolución de los salarios en la empresa como por la evolución de los límites de las bases de cotización. En este post vamos a detallar las bases de cotización mínimas y máximas para el 2014 de los principales regímenes de la Seguridad Social, que son el Régimen General y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Bases de cotización mínima y máxima para el Régimen General para el 2014

Las bases de cotización del régimen general de la Seguridad Social, exceptuando las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán comprendidas para cada grupo de categoría profesional en el año 2014 entre:
  • Base mínima: 753,00 euros/mes para trabajadores encuadrados desde el grupo 4 al 11, 758,70 euros/mes para grupo 3, 872,10 euros/mes para el grupo 2 y 1.051,50 euros/mes para el grupo 1. En los casos de cotización por días, la base mínima se fija en 25,10 euros/día.
  • Base máxima: 3.597,00 euros mensuales o de 119,90 euros/día en grupos profesionales que se cotice por días. Esta base máxima se ha actualizado en un 5% respecto el 2013, que se situaba en 3425,70 euros mensuales.

El mecanismo de cálculo de base mensual se realiza de manera equivalente al sistema actual. Se procede al prorrateo de pagas extraordinarias en el caso de que existieran, cotizando sólo por doce meses anuales.

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